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Elecciones europeas

La maquinaria ya está disponible para el

votante

Correos comienza la campaña del voto

postal para las Elecciones Europeas

Las oficinas de Correos de todo el

país disponen ya de los impresos

necesarios para solicitar el certificado de

inscripción en el Censo Electoral,

requisito imprescindible para poder emitir

el voto por correo.

El pasado sábado, 18 de abril, se

publicó en el B.O.E. la Orden firmada por

el Ministro de Fomento, José Blanco, por

la que se dictan normas sobre la

colaboración del servicio de Correos en

las Elecciones de diputados al

Parlamento Europeo que se celebrarán el

domingo, día 7 de junio de 2009.

/ Autor: IFM

Dicha colaboración está amparada

en la Ley Orgánica del Régimen Electoral

General y en la Ley del Servicio Postal

Universal, que establecen la participación

de la Sociedad Estatal Correos y

Telégrafos S.A., en su condición de

prestador del Servicio Postal Universal, en

el desarrollo de los procesos electorales,

centrándose fundamentalmente en la

distribución de propaganda electoral y en

determinados trámites para facilitar y

garantizar el voto por correo.

Las oficinas de Correos de todo el

país disponen ya de los impresos

necesarios para solicitar el certificado de

inscripción en el Censo Electoral,

requisito imprescindible para poder emitir

el voto por correo.

Los electores podrán solicitar el voto

por correo hasta el día 28 de mayo de

2009, en cualquier oficina de Correos de

España. Dicha solicitud se formulará

personalmente, presentando el DNI,

pasaporte o permiso de conducir

originales al empleado de la oficina de

Correos.

Si el elector fuera un ciudadano de la

Unión Europea, que haya optado

previamente por ejercer su derecho al

voto en España, también tendrá la opción

 

de emitir su voto por correo, acreditando

su identidad mediante Pasaporte o

permiso de conducir originales (siempre

que en los mismos figure la fotografía y la

firma del interesado) en los mismos

plazos y por idéntico procedimiento que

los ciudadanos españoles.

Correos trasladará dichas peticiones

con carácter certificado y urgente a la

correspondiente Delegación Provincial de

la Oficina del Censo Electoral, quien una

vez realizadas las verificaciones

oportunas, expedirá, si procede, el

certificado de inscripción y, junto con la

documentación electoral (sobres y

papeletas), lo enviará por correo

certificado y urgente al domicilio que haya

indicado el solicitante en su petición.

Dichos envíos serán entregados por

Correos personalmente al propio

interesado.

Para enviar su voto, el elector

presentará el sobre modelo oficial

conteniendo el certificado de inscripción

en el Censo Electoral y el de votación en

el que se incluyen las papeletas, en

cualquier oficina de Correos de España,

hasta el día 3 de junio de 2009, inclusive.

El envío será cursado como correo

certificado y urgente con carácter gratuito.

Correos cursará a las oficinas

postales de las localidades de destino los

sobres recibidos, conservándose

debidamente custodiados en las mismas

hasta el 7 de junio, día de la votación. A

las 9 horas de dicho día, los empleados

de Correos entregarán en las Mesas

Electorales respectivas los sobres

recibidos. Asimismo, durante todo el día 7

de junio, Correos entregará en las Mesas

Electorales los sobres recibidos hasta las

20 horas de dicho día.

Las Delegaciones Provinciales de la

Oficina del Censo Electoral remitirán de

oficio a los ciudadanos inscritos en el

Censo de Residentes Ausentes el

certificado de inscripción en el Censo y el

resto de la documentación electoral.

En el caso de que el elector ejerza el

voto por correo, introducirá el sobre de

votación, junto con el certificado de

inscripción en el censo y demás

documentación que deba acompañar, en

el sobre que va dirigido a la Junta

Electoral Provincial y lo remitirá por correo

certificado y urgente, hasta el día 6 de

junio de 2009, inclusive.

 
 

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su opinión!

Díganos que piensa

usted

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de esta

página...

 

Correos comienza la campaña del voto postal para las Elecciones Europeas

 

Correos entregará en las Juntas

Electorales Provinciales que corresponda,

diariamente y hasta el día 9 de junio, los

sobres de votación que se reciban por vía

postal de los residentes ausentes en el

extranjero. La última entrega se realizará a

primera hora del día 10 de junio, fecha del

escrutinio general.

Correos también colabora en el voto

por correo de los ciudadanos españoles

que se encuentran temporalmente en el

extranjero y están inscritos en el

correspondiente Registro de Matrícula

Consular. Si desean ejercer su derecho a

voto por correo, deberán formular la

solicitud personalmente, hasta el día 9 de

mayo de 2009, en la Oficina Consular,

quien la remitirá a la correspondiente

Delegación Provincial del Censo Electoral.

Cada Delegación enviará por correo

a los interesados la documentación

electoral al domicilio en el extranjero

indicado en la solicitud. Los electores

podrán enviar

Recibida la citada

documentación, el elector podrá ejercer su

derecho de voto, bien entregando

personalmente el sobre de votación en la

Oficina Consular en que esté inscrito,

hasta el 31 de mayo, o mediante voto por

correo.su voto por correo, como envío

certificado y urgente, dirigido a la Mesa

Electoral que corresponda, no más tarde

del 3 de junio de 2009.

Correos custodiará estos votos hasta

su entrega en las respectivas Mesas

Electorales, que se realizará a las 9 horas

del día de la votación, 7 de junio de 2009.

Asimismo, seguirá entregando en las

Mesas Electorales los que se vayan

recibiendo en el transcurso de la jornada

electoral.

Serán tramitados de forma gratuita,

sin necesidad de franqueo, los envíos con

votos de los electores que residan, de

forma permanente o temporal, en países

con los que Correos tiene suscrito el

oportuno convenio de colaboración:

Argentina, Bélgica, Brasil, Colombia,

Cuba, Chile, Francia, Méjico, Perú,

República Dominicana, Suiza, Uruguay y

Venezuela. Los electores -residentes o

temporales- en el resto de países podrán

solicitar el reintegro de los gastos de

franqueoCorreos dará prioridad a los

envíos de propaganda electoral, poniendo

en marcha los mecanismos necesarios

para su distribución en plazo, teniendo en

cuenta que el reparto de propaganda sólo

podrá realizarse durante las fechas de la

campaña electoral, entre el 22 de mayo y

el 5 de junio.

 
 

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antemano y háganos

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